jueves, 22 de agosto de 2013

¿Cadena perpetua o pena de muerte? DEBATAMOS.

                           Buenas señores, ¿qué? hay ganas de entrar en temas controvertidos ¿verdad? Bien, como habréis leído en el título, de eso voy a hablaros hoy, de mi punto de vista, mi opinión, sobre un tema de debate que lleva azotando fuerte desde hace bastantes años. ¿Cadena perpetua o pena de muerte?

Antes de nada, seguro que coincidimos en que el sistema legislativo y judicial de España es una "basura" con todas sus letras. No he visto más incompetencia en tema leyes y juicios que el que hay en nuestro queridísimo país de república bananera. Pero, ahora llega el tema candente: ¿Apoyarías la cadena perpetua o la pena de muerte? Yo opino que: según.
¿Según por qué? Porque veo a veces innecesaria que se aprobase la cadena perpetua en España. ¿Para qué quiero costear en las cárceles a sujetos indeseables con mis impuestos?
Sinceramente, la justicia que impondría sería variada: Permitiría la cadena perpetua en ciertos casos  (robos de alta escala, juicios poco claros y demás acciones del mismo estilo). A Bárcenas o el duque empalmado (Urdangarín) los habría puesto toda su puñetera vida entre rejas, ya que han robado a un país entero.
¿Asesinos y violadores? Pena de muerte. Así de claro. Eso si, siempre con una valoración de los hechos objetiva, ya que no es lo mismo haber matado por defensa propia (para mi, eso no tendría una pena grave) que por ser un jodido psicopáta de sangre fría. Sinceramente, pienso que todo enfermo que sea capaz de matar a una persona debería ser ejecutada, y no quiero ponerme en plan Inqisuisición, pero es cierto, ley del Talión (o también dicha Ojo por ojo). Para mi, alguen que ha destruido los derechos humanos de una persona arrebatándole la vida a otra persona merece la muerte. El caso de José Bretón es un claro ejemplo de cuando emplear la pena de muerte. ¿A violadores? Nada de castración química... Castración física. "Cortarle los huevos" literalmente. ¿Pederastas uqe han abusado de niños? Más de lo mismo, e inclusive también ejecutados.

Hasta los cojones estoy de tanta gentuza enferma, y es que me pongo de los nervios cada vez que veo las noticias hablando de estos casos. Además, también crearía una especie de campos de concentración (no hablando en términos hitlerianos, sino campos de explotación) dónde variados convictos trabajaran en los peores trabajos posibles que nadie quiera, para al menos así aportar algo a la sociedad en vez de estar chupando del bote en la cárcel.

Y no, no soy facha, ni me afilio para nada con el movimiento de derechas, ya que seguro que más de uno me comparará con Hitler, pero yo este tema lo veo así. Es un tema delicado, lo sé, pero tenía ganas de expresar mi opinión. Si queréis expresar vuestra opinión, comentadme más abajo, ya que me encantaría saber vuestros puntos de vista. Un saludo.

Por: Jesús Manzax

4 comentarios:

  1. Jesús, enhorabuena por tu blog en primer lugar.

    Creo que te has metido en camino de once varas como quien dice, porque más allá de ser controvertido -y con razones sobradas el tema-, has enjuiciado demasiado rápido. Iré por partes:

    1) Habría que saber cuál es el objetivo actual de las penas "reducidas" y, por ende, del rechazo, así como la ilicitud, de las penas más duras.
    2) Has comparado la defensa personal con un asesinato en primer orden.
    3) Has invocado la ley del Talión, célebre ella, sin primero ahondar en los principios que actualmente rigen, ni sus razones, el derecho penal.

    Bien, los principios que rigen ahora son a) la prevención; b) la disuasión; c) la utilidad social y d) reeducación o rehabilitación. Es decir, la justificación de las penas navega entre el hecho de poder prevenir actos perjudiciales contra las personas y la sociedad, disuadir de realizarlos con castigo, pero al mismo tiempo que el castigo pueda hacer que el delincuente pueda regresar al lado del "bien". Entendemos, pues, que si las penas son muy prolongadas, sus estancias muy duras o incluso se penaliza con la muerte, la segunda parte, c) y d) no pueden cumplirse y caeríamos en el dilema moral de "¿existe culpa tan grave que es irreparable?" y "¿quiénes somos nosotros para juzgar con la privación total de la libertad por siempre o con la vida?". (sigo en el siguiente comentario)

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    1. David, muchísimas gracias por tu aportación y aportar datos muy interesantes. Cierto es que me han faltado muchos factores por valorar, pues estoy aún bastante inmaduro en la crítica, y me queda mucho por aprender.

      Respecto a juzgar sobre la privación total de la libertad con la propia vida opino que hay delitos de tal índole, siendo ejecutados por personas, que a mi parecer (quizá me meta en terrenos pantanosos, puesto que tu conoces más de la psicología humana que yo) no es posible una reinserción social. Me remito a los hechos, viendo como miembros de la ETA salen de prisión y vuelven a acometer actos semejantes a los que cometían antes de su encarcelación, o violadores que vuelven a reincidir, sin haber sido lograda su rehabilitación mental.
      No somos quien para quitarle la vida a una persona, pero tampoco nadie es quien para quitarnos la vida a alguien cercano. Pensarás que lo mismo ocurre con la pena de muerte, pero en este caso, el delincuente ha sido consciente de lo que ha hecho.

      (te respondo el segundo punto)

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  2. El segundo punto lo he dedicado básicamente a reivindicar que el homicidio en defensa propia ante una agresión o amenaza inminente y clara de ella no puede ser tratado de la misma forma. Al fin y al cabo, si tenemos derecho a la vida es porque podemos defenderla. Si no estamos legitimados a defenderla, acto natural por otra parte, deberíamos replantearnos si podemos tener un derecho si no podemos defenderlo; y en tal caso, llegaríamos a la barbaridad de negar el derecho a la vida. La autodefensa, no preventiva, sino ante el ataque explícito, no puede acarrear pena alguna una vez demostrada.

    Por último hago una explicación histórica. El principio de retribución, "ojo por ojo, diente por diente", valía en los tiempos en que el Derecho Penal era parte del Derecho Privado. Es decir, la Justicia formaba parte de las relaciones sociales entre individuos que acordaban, por ellos en pactos, o bien a través de terceros (instituciones como la Monarquía o la Iglesia) cómo juzgar y su objetivo era simplemente "dar a cada uno lo que le corresponde". Así el ladrón era penado con la devolución de lo robado a su víctima más una cantidad en concepto de coste judicial al Rey, por ejemplo. Sin embargo, algunos países con la entrada de los estados modernos, monárquicos o republicanos, absorbieron las instituciones de justicia civiles y las incorporaron al Derecho Público. La Justicia pasa a ser de una relación entre dos individuos privados (o sus grupos: familias, organizaciones o empresas) a "lo que diga el Estado". Aquí hemos de entender la lógica del interés de los estados. Mientras que los individuos, si son robados, les interesa recuperar lo que les arrebataron, los estados no tienen interés en este punto sino en aleccionar públicamente con contenidos morales: "lo que se debe o no hacer". De manera que, finalmente, los criminales son pagados y mantenidos por el pueblo en las cárceles, para luego ser liberados después del escarnio, la pena "ejemplar", pública.

    Para terminar con unas conclusiones en breve. Yo aun no me aclaro mucho en este tema por lo trascendente que es, sin embargo, sí estoy de acuerdo con el principio de retribución y lo que es una barbaridad es que los ciudadanos mantengamos coactivamente a los delicuentes con nuestro dinero. No solo eso, sino que muchos presos reciben al salir ayudas sociales las cuales están vetadas a los ciudadanos honrados y son incluso mayores que las que estos reciben. El incentivo como es evidente aumenta a delinquir. Así que no soporta mayor utilidad social que el mero hecho de la imagen de cara a la galería.

    En tanto a la aplicación del principio de retribución, sería mucho más claro que en casos de robo el ladrón tuviera imperativamente que devolver lo robado más una compensación por el daño proporcional a lo robado, así como el pago de los costes policiales y judiciales que no tienen por qué estar a cargo de los pagadores de impuestos (que no tienen culpa). Si éste no tuviera el dinero quedaría endeudado y con obligación consecuente al pago. Cuando tratamos de violadores o asesinos el caso se complica pues una vida o el daño emocional no son susceptibles de ser devueltos ni pagados. No obstante, deberían ser tasados al menos con altísimas cantidades y aquí sí se justificaría la cárcel como los trabajos forzados (servidumbre) al servicio de devolver la cantidad tasada a los familiares de la víctima. La pena de muerte me la planteo, quizás, para reincidentes o para asesinos que hayan arrasado no una sino varias vidas.

    Un saludo,
    David.

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    1. ¿Negar el derecho a la vida? Es increíble como en países desarrollados como los europeos se valore la vida como derecho fundamental (y qué razón) pues si ni empezamos por defenderlo ¿qué nos quedaría entonces? Sin embargo, en países como Arabia Saudí es sorprendente como se le da tan poca importancia al mero hecho de poder vivir, pero bueno, he tomado un mal ejemplo de país ya que las barbaries allí ocurridas son inhumanas.

      La explicación histórica del "ojo por ojo, diente por diente" me ha parecido bastante interesante. Si te digo la verdad, jamás se me hubiese ocurrido profundizar tanto en tales términos, craso error el mío.

      Coincido contigo a la hora de ponerte "de un lado" en tal debate. Es difícil puesto que es un tema muy controvertido, pero me declino, como se puede dar a entender en mi artículo, a la pena de muerte en ciertos casos claros, como el cual has citado anteriormente:
      "La pena de muerte me la planteo, quizás, para reincidentes o para asesinos que hayan arrasado no una sino varias vidas."

      Muy grande tu aportación, en serio, y ya sabes, cuando quieras puedes comentarme sin censuras ni nada por el estilo. Muchas gracias de nuevo, y espero verte pronto por mi blog.

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